¿Necesitas hacer la Declaración de la Renta?

Pago de impuestos

¿Necesitas hacer la Declaración de la Renta, y no sabes cómo hacerla? ¿Quieres tener la seguridad de hacerla bien? Sólo tienes que contactar con nosotros y revisaremos tu declaración de la renta.

Desde aquí nos encargamos de la revisión y confirmación de tu borrador de Declaración, obtenemos tus datos fiscales y buscamos la mejor fórmula para que el resultado del impuesto sobre la renta sea el más bajo posible.

En Ulloa Gestores, además, gestionamos otros tipos de trámites como la Declaración de la Renta Complementaria si presentaste la renta con algún error,  o si has recibido un requerimiento de Hacienda por un error, presentamos un Escrito de Rectificación para subsanarlo.

El Borrador de la declaración de la Agencia Tributaria no siempre es correcto.

Si olvidaste presentar tu Declaración o simplemente ahora ves que te hubiera salido a devolver y no la presentaste, hacemos tu Declaración fuera de plazo. Además, si quieres planificar tu situación fiscal, hacemos una simulación de tu Renta 2021.

No dejes pasar más tiempo, la campaña de la renta de este año se inicia el 7 de abril de 2022 y finaliza el 30 de junio de 2022, y como todos los años, hay novedades que afectan a los contribuyentes.

Deja que el impuesto de la renta de las personas físicas la haga un profesional, él sabe de primera mano las últimas novedades del impuesto.

Recuerda, el borrador que remite la Agencia Tributaria no es siempre correcto, puede que hayan variado datos y que la Agencia Tributaria lo desconozca o que existan informaciones erróneas que impiden que te desgraves impuestos y que no estén incluidos en tu borrador de la Renta.


Contacta y te ayudamos a hacer la Declaración de la Renta

Servicio de Renta

Borrador

  • Asesoramiento Fiscal
  • Revisión del Borrador
  • Presentación telemática en la Agencia Tributaria
  • Requerimientos e Inspecciones


Más información

Renta Normal

  • Asesoramiento Fiscal
  • Rendimientos del Trabajo
  • Rendimientos Capital Mobiliario (no incluye acciones)
  • Deducciones Alquiler, Maternidad, Familia Numerosa y Autonómicas
  • Presentación telemática en la Agencia Tributaria
  • Requerimientos e Inspecciones


Más información

Renta Avanzada

  • Asesoramiento Fiscal
  • Rendimientos del Trabajo
  • Rendimientos Capital Mobiliario
  • Rendimientos Capital Inmobiliario
  • Rendimientos Actividades económicas
  • Ganancias Patrimoniales
  • Deducciones Alquiler, Maternidad, Familia Numerosa y Autonómicas
  • Presentación telemática en la Agencia Tributaria
  • Requerimientos e Inspecciones


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¿Quién tiene la obligación de declarar?

Están obligados a declarar todos los contribuyentes personas físicas residentes en España, excepto los que hayan percibido rentas procedentes de:

RTO. TRABAJO

22.000

Un pagador (2º y restantes <=1.500 €/año)
Prestaciones Pasivas de dos o más pagadores cuyas retenciones hayan sido determinadas por la Agencia Tributaria.

12.643

Más de un pagador (2º y restantes >1.500 €/año).
Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
Pagador de los rendimientos no obligado a retener.
Rendimientos sujetos a tipo fijo de retención.
RTO. CAPITAL MOBILIARIO

1.600

Sujetos a retención o ingreso a cuenta, excepto ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones IIC en las que la base de retención no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible.
GANANCIAS PATRIMONIALES
RENTAS INMOBILIARIAS IMPUTADAS

1.000

 
RTOS. DE LETRAS DEL TESORO
SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICION DE VIVIENDAS DE PROTECCION OFICIAL O PRECIO TASADO
OTRAS GANANCIAS PATRIMONIALES DERIVADAS DE AYUDAS PÚBLICAS

RTO. DEL TRABAJO

1.000

Sujetas o no a retención o ingreso a cuenta
RTO. DEL CAPITAL (MOBILIARIO E INMOBILIARIO)
RTO. ACTIVIDADES ECONÓMICAS
GANANCIAS PATRIMONIALES
PERDIDAS PATRIMONIALES

<500

Cualquiera que sea su naturaleza

Otros trámites

  • Solicitud Número de Referencia, Certificado Electrónico o Clave PIN.
  • Solicitud Certificado de Renta.
  • Tramitación borrador.
  • Declaraciones Complementarias /Escritos Rectificación.
  • Declaraciones Extemporáneas.